Ver Reglamento de Población y Demarcación
4.1 Altas en el Padrón de Habitantes
Deberán aportar DNI (en caso de personas extranjeras Pasaporte o NIE) y acreditar la ocupación de la vivienda
4.2 Bajas en el Padrón de habitantes del municipio de origen
El Ayuntamiento se encargará de oficio de tramitar la baja en el municipio de origen